Nuevas limitaciones en la homologación de furgonetas

limitaciones-en-la-homologación-de-furgonetas-1

Como es de costumbre, salen nuevas modificaciones en la normativa de homologaciones de los vehículos, en esta ocasión, sobre las limitaciones de emisiones en vehículos nuevos.

Se limita el peso real del vehículo en la homologación de furgones de gran volumen de tipo ligero a 2.815kg, y se limita la homologación como autocaravanas a únicamente los vehículos con motor de último nivel. En este artículo, te aclaramos cuáles son los cambios que traen consigo estas nuevas limitaciones en la homologación de furgonetas y qué podemos hacer para evitar los inconvenientes.

La normativa anterior sobre el consumo de combustible y las emisiones de CO2, obtenida de la realización de ensayos en los vehículos, hace tiempo que se encontraba desactualizada al no ser adaptada a las emisiones en el mundo real. Por lo tanto, se redactó una nueva directiva de control y regulación.

A fecha 07/07/2017 se publicó el REGLAMENTO (UE) 2017/1151, que junto al Reglamento (CE) Nº 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modificaba la anterior directiva, pasó a regular el sistema de emisiones procedentes de los vehículos comerciales ligeros (Euro*).

Esta nueva directiva, estableció un nuevo procedimiento de ensayo reglamentario, incorporando a la legislación de la Unión Europea el procedimiento de ensayo de vehículos ligeros armonizado a nivel mundial “WLTP”.

Además de aportar información más realista sobre el consumo de combustible y las emisiones de CO2 a los consumidores, ofreció un marco mundial para los ensayos de vehículos, permitiendo que el grado de armonización de los requisitos de ensayo a nivel internacional sea mayor.

Todos los nuevos vehículos matriculados a partir de la nueva directiva, dispondrán en la ficha técnica de un parámetro V.9., donde clasificará el tipo de motor en concepto de emisiones: EURO + versión 5, 6, etc.. + nivel CI, AP, etc..

limitaciones-en-la-homologación-de-furgonetas-2

1 – Limitación de peso en los vehículos nuevos EURO6 de tipo ligero

¿Cómo y en qué vehículos afecta esta limitación de peso?

Esta limitación afecta a los furgones de gran volumen de tipo ligero matriculados a partir del 01/09/2019 versión EURO 6, que sean homologados como vivienda o autocaravana, limitando a no sobrepasar en la homologación los 2.815 kg de *Masa en Orden de Marcha (Masa en orden de Marcha = Peso del vehículo base + peso de la nueva equipación vivienda + 75 de conductor).

¡Esta limitación no se aplica a los vehículos de tipo pesado!

¿Se aplica en los vehículos matriculados con fecha anterior?

Para los vehículos matriculados con anterioridad al 01/09/2019, y aquellos contemplados en los fines de serie indicados con anterioridad, el procedimiento seguirá como antes, y por lo tanto, el límite de peso es la MTMA del vehículo. 

¿Qué diferencia hay entre un vehículo de tipo ligero y uno de tipo pesado?

Se consideran de tipo pesado los vehículos pensados para circular con carga pesada durante largas distancias. Y pagan un impuesto de CO2 proporcional más elevado, denominado Emisiones de pesados – HIGH.

Se catalogan como de tipo ligero aquellos vehículos pensados para uso interurbano diario, ya que al justificar que son para uso de carga y descarga interurbana, pagan un impuesto proporcional inferior llamado Emisiones de ligeros – LIGHT.

¿Cómo reconocer si un vehículo es ligero o pesado?

Es necesario conocer el nivel de emisiones del vehículo base, y así conocer si ha sido legalizado de acuerdo a un nivel de emisiones de ligeros (Euro 6**) o de pesados (Euro VI**):

– Emisiones de ligeros-LIGHT: Una forma sencilla de determinar si nos encontramos ante un vehículo de emisiones de ligeros es viendo en la ficha el campo V.9, en el cual el nivel de emisiones debe aparecer con un Euro 6.

– Emisiones de pesados-HIGH: Una forma sencilla de determinar si nos encontramos con un vehículo de emisiones de pesados es viendo en la ficha el campo V.9, en el cual el nivel de emisiones debe aparecer con un número romano Euro VI.

¿Puedo disponer de un vehículo ligero y no tener esta limitación de peso?

SÍ. En algunas marcas como MAN y las VW CRAFTER, aunque sus vehículos aparecen como de tipo ligero, se puede solicitar un certificado al concesionario conforme a que las emisiones de CO2 están dentro los parámetros de un vehículo pesado (según el sistema WLTP), debido a que la masa del vehículo en los ensayos es superior a la MTMA del vehículo. Esto permite que en la homologación no se tenga en cuenta la limitación de peso propia del vehículo ligero.

homologa-tu-furgo

2- Limitación de la homologación como autocaravana a los vehículos EURO6 a último nivel

¿Por qué es tan interesante homologar como autocaravana?

Las autocaravanas se tratan como vehículos especiales ya que, aunque disponen del mismo vehículo base que los furgones, tienen 2 ventajas de gran importancia: 

  • AUTOCARAVANA: Velocidad máxima de 120 km/h en autopistas/autovías y 90 km/h en carreteras convencionales + periodicidad de revisión en ITV anual a partir de 6 años de antigüedad
  • FURGON VIVIENDA: Velocidad máxima de 90 km/h en autopistas/autovías y 80 km/h en carreteras convencionales + periodicidad de revisión en ITV  anual a partir de 6 años de antigüedad

¿Qué vehículos limita la directiva de emisiones para homologar como autocaravana?

Sólo los vehículos con motor EURO6-VI** a último nivel se podrán homologar como autocaravana, y durante un tiempo limitado (mientras no salga a la venta una nueva versión más actualizada del motor).

¿Cómo puedo conocer a qué nivel se encuentra el motor de mi vehículo?

Una forma sencilla de determinar si nos encontramos ante un vehículo de emisiones a último nivel, es el campo V.9.

Actualmente, y hasta fin de este 2.022, sólo los vehículos con nivel EURO 6AP, EURO 6AQ, EURO 6AR, EURO VI-E podrán ser homologados como autocaravana.

QUÉ TENER EN CUENTA AL COMPRAR UN VEHÍCULO PARA EVITAR LA LIMITACIÓN DE PESO

  1. Marca/modelo: Cada vehículo tiene su peso base afectando en el peso final para la homologación. Algunas marcas disponen de justificantes conforme no se aplica la limitación de peso. Otras marcas ofrecen la opción de comprar un vehículo tipo pesado.
  2. Dimensiones: Cuanto mayor sea el vehículo, mayor peso de base, más espacio para camperizar equivalente a más peso en la homologación, y mayor limitación de peso total.
  3. Distribución: Si se dispone de un vehículo limitado, se deberá limitar la equipación para no llegar al límite de peso.
  4. Depósitos de aguas: Ambos depósitos de aguas se contemplan como llenos en términos de homologación.

limitaciones-en-la-homologación-de-furgonetas-3

QUÉ TENER EN CUENTA AL COMPRAR UN VEHÍCULO PARA PODER HOMOLOGAR COMO AUTOCARAVANA

  1. Comprar un vehículo nuevo a último nivel de emisiones.
  2. Camperizar lo más rápido posible debido al límite de tiempo. 
  3. Tener en cuenta el resto de requisitos necesarios según el manual de reformas.

¡Y lo más importante, contratar un buen servicio de homologación antes de empezar la camperización, para así tener claros los resultados según la camperización y el vehículo escogido!